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martes, 3 de mayo de 2016

Los precursores APAAN.



Los precursores ya son perseguidos  por sentencia firme de  un Juzgado de Cartagena.
 Se entiende por precursores aquellas sustancias que sirven para elaborar  drogas de síntesis.
Entre los principales precursores de drogas de síntesis,  tenemos:
1-fenil-2-propanona (fenilacetona), ácido N-acetilantranílico (ácido 2-acetamidobenzoico), isosafrol (cis + trans),  3,4 metilendioxifenil-2-propanona (1-(1,3-benzodioxol-5-il)propan-2-ona), piperonal, safrol, efedrina, pseudoefedrina, norefedrina, ergometrina, ergotamina, ácido lisérgico y alfa-fenilacetoacetonitrilo., este último conocido como APAAN.

El APAAn es el acrónimo de alfa fenil acetonitrilo. Una actuación del CNP en Denia  desmanteló recientemente una banda  que  empleaba el APAAN como precursor para las anfetaminas de síntesis.

Su fórmula abajo expuesta permite ver la similitud estructural del esqueleto anfetamínico.





El Informe pericial Médico Forense fue emitido por el Catedrático de  Medicina Legal y Toxicología Aurelio Luna Maldonado. Y fue decisivo a la hora de emitir la sentencia condenatoria correspondiente.

 La mera tenencia de  éstas sustancias ( Piperonal para la Ketamina, Fósforo rojo y ácido iodhídrico para anfetaminas,  APAAn para metanfetaminas)  y un largo, larguísimo  etcétera, ya son perseguibles de oficio por los Fiscales Antidroga.




Otros precursores conocidos son los que se muestran con sus estructuras químicas correspondientes. Sio obsevamos las citadas estructuras





vemos como  los derivados del Indol ( ácido lisñérgico ) y los alcaloides del Claviceps purpúrea se usaran para sintetizar LSD;  los  derivados  alfa femilmetil amina para Anfetaminas y compuestos relacionados. De forma artesanal se pueden c encontrar varias recetas para "cocinar" éstas sustancias.
 Ojo al dato: algunas de las sustancias dan reacciones claramente exotérmicas y no es el primer laboratorio que vuela por los aires.




El último informe del  Observatorio Europeo para las drogas en 2016  avisa  del incremento de los NPS (neuro psychiatric substances)  o nuevos compuestos psicoactivos que se venden   en Internet. Son los llamados también “legal highs”, sustancias que, sin estar específicamente prohibidas  son muy peligrosas para la salud, produciendo muertes por  sobre dosis: tendríamos aquí, entre otros,  los  cannabinoides sintéticos. Sustancias 1000 veces más potentes que el cannabis y que además pueden dar negativas alguna de las  reacciones  colorimétricas de identificación. Y que necesitan de una analista experto y uso de sofisticadas técnicas cuanti y cualitativas.  La mayoría son de (de la serie JWH), uno de ellos, el  JWH210 descubrimos nosotros en nuestras investigaciones  en Valencia , salió un artículo en 2014 en el número 26 de la revista Adicciones y posteriormente una e Tesis Doctoral en  el Campo  de la Medicina  Legal y Forense  en trabajo dirigido por el Prof. Aurelio Luna.  Nos referimos concretamente al cannabinoide sintético  JWH 210.

Este descubrimiento podría coincidir con la opinión expresada por El fiscal jefe Antidroga español, José Ramón Noreña, quien dijo textualmente
“Valencia es un punto neurálgico, me preocupa mucho. Tiene dos puertos importantes: el de Valencia y el de Sagunto. Tiene un aeropuerto. Es zona de paso de mercancías de Marruecos hacia Europa. Y por tanto es una zona de una importancia estratégica muy grande para la lucha antidroga. “



La operación «Alimaya» desarrollada en la Marina Baixa permitió desarticular una red internacional dedicada al tráfico de estas nuevas sustancias, conocidas como «Legal Highs» y que, en suma, producen efectos similares a los de la marihuana y sus derivados o son sustitutivas de las anfetaminas, MDMA o cocaína. Según el teniente coronel de la Unidad Técnica de la Policía Judicial (UTPJ) de la Guardia Civil Luis Peláez, agentes de Alicante dieron con esta red tras tener constancia de que desde una página web se distribuía lo que en principio pensaron que eran medicamentos falsificados y que luego comprobaron era psicoactivos.
Una empresa de la provincia importaba cannabinoides sintéticos de Bélgica, con origen probable de China, y en esta provincia se trataban, se envasaban y se distribuían a mercados europeos, sobre todo Alemania, donde se tiene constancia de alguna muerte por consumo de estas sustancias. Belgas y holandeses dirigían la red. Nueve de cuyos miembros fueron arrestados en la operación y se intervinieron 145.000 paquetes (de una dosis) y 3.000 botellas. Se calcula que el valor de lo intervenido alcanza los 2 millones de euros.
En otra operación iniciada en Almería tras una inspección en un comercio «Grow Shop» fueron detenidas más de 40 personas y se intervinieron 10.000 envases tras registrar 61 tiendas por todo el país.
El grupo desarticulado se dedicaba a la importación desde Reino Unido, manipulación y distribución de estas drogas.
El Internet Profundo
 El  llamado Deep Internet desempeña un papel cada vez más importante no sólo en la venta de drogas, sino también  en la adquisición de medicamentos   ilegales o falsificados y  plantea retos singulares de alteración de la oferta tanto de drogas «nuevas» como «antiguas». Se estima que el 25 % de los 80 millones de personas que viven en  Europa han probado alguna vez una sustancia  fiscalizada.
El imparable uso de  Internet es debido  al hecho  de que fabricantes, Proveedores, minoristas, puntos de  alojamiento de los sitios web y servicios de pago se repartan en diferentes países hace particularmente difícil su control. El uso creciente de  navegadores de supuesta anonimidad como el  TOR (the onion radical) o el Cyberghost, es decir supuestas redes anónimas – las denominados «redes oscuras» – para la venta de drogas a los distribuidores y consumidores agrava la dificultad de esos retos.
Estos datos concuerdan con los resultados  de la Tesis Doctoral elaborada por el autor de éstas líneas  en  Valencia  durante los años 2011 y 2012 en la que se  los llamados “ legal highs” o sustancias que , sin estar sometidas a fiscalización, por un hueco legal, el incremento porcentual de las nuevas sustancias emergentes y re emergentes de situación legal  confusa ( los llamados “ legal highs”) que son mezclas de productos inocuos  con el Tocoferol o la esencia de Rosas , pero a los que se les añaden sustancias como los cannabinoides sintéticos  o  las piperazinas  psicodislépticas,  e adquieren  en Internet y han producido reacciones mortales, tales como las sucedidas  con el Mepirapim ó  1-(3,4-dimetilfenil)-2-(etilamino)propan-1-ona (3,4-dimetiletcatinona o 3,4-DMEC )  que es un agonista sintético de los receptores cannabinoides que comparte la porción 1-pentil-3-indol con otro compuesto de este mismo grupo: JWH-018, con la diferencia de que contiene un grupo 4-metilpiperazina en lugar de un grupo naftol., el   5F-PB-22,  la Apinaca, Metoxipiperamida y otros muchos más,  pues el citado organismo europeo calcula que se produce una nueva sustancia emergente  capaz de generar adicción  cada 2 semanas.



BASES LEGALES  

 tres reglamentos básicos relacionados con precursores de drogas, estos son el Reglamento (CE) 273/2004, el Reglamento (CE) 111/2013 y el Reglamento (CE) 1277/2011. Estos Reglamentos han sido modificados por otros reglamentos que se detallan a continuación:
Reglamento (CE) 273/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, sobre precursores de droga.
Modificado por:
  • Reglamento (CE) 219/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de marzo de 2009, por el que se adaptan a la Decisión 1999/468/CE, del Consejo determinados actos sujetos al procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado, en lo que se refiere al procedimiento de reglamentación con control.
  • Reglamento (UE) 1258/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de noviembre de 2013, por el que se modifica el Reglamento (CE) 273/2004, sobre precursores de drogas.
Reglamento (CE) 111/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, por el que se establecen normas para la vigilancia del comercio de precursores de drogas entre la Comunidad y terceros países.
Modificado por:
  • Reglamento (UE) 1259/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de noviembre de 20 de 2013, por el que se modifica el Reglamento (CE) 111/2005, del Consejo por el que se establecen normas para la vigilancia del comercio de precursores de drogas entre la Comunidad y terceros países
Reglamento (CE) 1277/2005, de la Comisión, de 27 de julio de 2005, por el que se establecen normas de aplicación para el Reglamento (CE) 273/2004, del Parlamento y del Consejo, sobre precursores de drogas, y para el Reglamento (CE) 111/2005, del Consejo, por el que se establecen normas para la vigilancia del comercio de precursores de drogas entre la Comunidad y terceros países.
Modificado por:
  • Reglamento (CE) 297/2009, de la Comisión de 8 de abril de 2009, que modifica el Reglamento (CE) 1277/2005 de la Comisión por el que se establecen normas de aplicación para el Reglamento (CE) 273/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre precursores de drogas, y para el Reglamento (CE) 111/2005 del Consejo, por el que se establecen normas para la vigilancia del comercio de precursores de drogas entre la Comunidad y terceros países.
  • Reglamento (UE) 225/2011, de la Comisión, de 7 de marzo de 2011, que modifica el Reglamento (CE) 1277/2005 de la Comisión por el que se establecen normas de aplicación para el Reglamento (CE) 273/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre precursores de drogas, y para el Reglamento (CE) 111/2005 del Consejo, por el que se establecen normas para la vigilancia del comercio de precursores de drogas entre la Comunidad y terceros países.

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